Diploma Profesional en Derecho para Peritos Judiciales
Pericia se define en el diccionario de la lengua Española como: «Sabiduría, práctica, experiencia y habilidad en una ciencia o arte». Y perito como: «Persona que, poseyendo especiales conocimientos teóricos o prácticos, informa, bajo juramento, al juzgador sobre puntos litigiosos en cuanto se relaciona con su especial saber o experiencia».En el ámbito Jurídico se entiende por pericia: «Experiencia práctica en una cosa» y perito «Persona que posee un título. Especialista en algo determinado. Jurídicamente se refiere al que informa en…